NOTA IMPORTANTE:
En la Comunidad Europea, la norma reguladora de los respiradores para partículas se detalla en la Directiva 89/686/CEE, que establece las exigencias mínimas esenciales que deberán cumplir los equipos de protección individual. La Directiva 89/656/CEE fija las condiciones mínimas de seguridad y salud que garanticen una protección adecuada del trabajador en la utilización de dichos equipos en el trabajo. Estas normas han sufrido diferentes modificaciones en varias ocasiones. Los respiradores de partículas y sus componentes deben cumplir con los requerimientos de las disposiciones del CEN (Comité Europeo de Normalización). La letra P hace referencia a que son filtros de partículas (en el caso de los respiradores autofiltrables, la nomenclatura es FFP). El número indica el nivel de protección:
FFP1 o P1: filtran el 80% de las partículas aerosolizadas. Protegen en ambientes contaminados con hasta cuatro veces el valor límite umbral de partículas (TLV).
FFP2 o P2: filtran el 94% de las partículas aerosolizadas. Protegen en ambientes contaminados con hasta 10 veces el TLV.
FFP3 o P3: filtran el 99,95% de las partículas aerosolizadas. Corresponde al P100 americano. Protegen en ambientes contaminados con hasta 50 veces el TLV.